El 16 de septiembre de 2014, la ONG finlandesa Finnwatch publicó un informe sobre presuntas violaciones de los derechos laborales en las plantaciones de palma de Malasia pertenecientes al grupo IOI de la empresa miembro de la RSPO. El informe se refería específicamente a fincas certificadas RSPO en los estados de Johor y Negeri Sembilan en Malasia. Además del informe, la Secretaría de la RSPO visitó Bkt Serampang y Bahau Estates el 12 de septiembre y luego Regent Estate el 26 de septiembre de 2014 y llevó a cabo investigaciones sobre el terreno.
Tras las visitas anteriores y las investigaciones relacionadas, no se encontraron pruebas de infracción de los Principios y Criterios de la RSPO ni de la Legislación Nacional. Sin embargo, se ha hecho evidente que es necesario mejorar las operaciones y políticas del Grupo IOI para que la Compañía opere de acuerdo con los valores de la RSPO.
Por esta razón, la Secretaría de la RSPO se ha puesto en contacto tanto con la Compañía como con los Organismos de Certificación que evaluaron los estados mencionados en el informe, con recomendaciones para implementar las siguientes acciones:
1 Salario
Aunque a los trabajadores de las fincas se les paga actualmente tarifas por hora de acuerdo con las Regulaciones Nacionales de Malasia, se observó que un número significativo de trabajadores en Regent Estate no recibían un salario mínimo mensual (RM900/mes). La RSPO ve una necesidad real de una investigación exhaustiva para trabajar hacia la implementación de políticas, en línea con las pautas de la RSPO, asegurando que a los trabajadores se les asigne suficiente trabajo para permitirles recibir al menos un salario mínimo mensual.
2. Condiciones de alojamiento de los trabajadores
Durante la visita de la Secretaría de la RSPO a Regent Estate, se hizo evidente que algunas de las habitaciones de los trabajadores requieren mejoras/reparaciones. Esto lo corroboran los propios trabajadores (extranjeros y locales) a través de entrevistas verbales que las denuncias realizadas y las acciones realizadas fueron insuficientes. La Secretaría de la RSPO ha recomendado a la Compañía que actúe sobre este punto con prontitud.
3. Acuerdos de contratación de trabajadores a través de Agencias Laborales
Existe el riesgo de que se haya exigido a los trabajadores extranjeros que acepten sus contratos cuando aún se encuentran en su país de origen y, por lo tanto, no se les haya informado adecuadamente ni se les haya proporcionado una copia del contrato en su propio idioma. Este punto requiere mayor investigación por parte de los Organismos de Certificación. No obstante, la Empresa debe contar con políticas claras que cubran su relación con Agencias Laborales de terceros y el manejo de los contratos de los trabajadores.
4. Retención de pasaportes de trabajadores
Actualmente, la Compañía está implementando una política de retención de los pasaportes de los trabajadores por razones de seguridad. Además de las entrevistas realizadas en el terreno, esta práctica parece estar de acuerdo con la voluntad de los trabajadores y es práctica de la Compañía permitir que los trabajadores tengan acceso a sus pasaportes en todo momento. Dicho esto, el derecho de los trabajadores a acceder a su pasaporte en todo momento no está claramente reflejado en la política escrita de la Compañía y sugerimos que esta política sea revisada y mejorada.
La RSPO espera la pronta implementación de las recomendaciones anteriores por parte de la Compañía, que se considerarán durante las próximas evaluaciones de certificación de las fincas. El desempeño tanto de los Organismos de Certificación como de las empresas miembros de la RSPO también estará sujeto a una auditoría de acreditación periódica por parte de terceros. La RSPO también ha solicitado a los Organismos de Certificación pertinentes que estén más atentos en sus auditorías anuales de dichos elementos sociales en todo momento.